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Article 1

Nómbrase Como Ministro De Hacienda Y Crédito Público Ad Hoc Al Doctor Juan Camilo Restrepo Salazar, Ministro De Agricultura Y Desarrollo Rural, Para Conocer Y Decidir, Sobre La Reglamentación De Las Subpartidas Arancelarias En Las Que Se Va A Reducir El Arancel Vigente, Dentro De Las Que Se Encuentran Algunas De Las Contenidas En El Capítulo 87 Del Arancel De Aduanas, Decreto 4712 De 2006, Relacionadas Con La Importación De Partes De Vehículos Automotores

Decreto 4113 de 2010 · por el cual se designa Ministro de Hacienda y Crédito Público Ad hoc.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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°. Nómbrase como Ministro de Hacienda y Crédito Público Ad hoc al doctor Juan Camilo Restrepo Salazar, Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, para conocer y decidir, sobre la reglamentación de las subpartidas arancelarias en las que se va a reducir el arancel vigente, dentro de las que se encuentran algunas de las contenidas en el Capítulo 87 del Arancel de Aduanas, Decreto 4712 de 2006, relacionadas con la importación de partes de vehículos automotores.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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