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Article 2

Ley 21 de 1963 · por la cual se dictan algunas disposiciones en materias fiscales, se dan unas autorizaciones y se inviste al Presidente de la República de facultades extraordinarias, conforme a los ordinales 11 y 12 del artículo 76 de la Constitución Nacional.

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01

Text of the article

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º. Revístese, igualmente, hasta el 20 de julio de 1964, de facultades extraordinarias al Presidente de la República para reformar la Ley la. de 1959, con el exclusivo objeto de asegurar la estabilidad, la mejor utilización de las reservas, de los recursos internacionales del país y propiciar nuevos estímulos tanto para las exportaciones como para la sustitución de importaciones, así como para crear los organismos necesarios para el mejor cumplimiento del fin antedicho. Para el ejercicio de las facultades otorgadas en este artículo, el Gobierno estará asesorado por una Comisión integrada así:

Los Ministros de Hacienda y Crédito Público, de Fomento y de Agricultura, un Senador y un Representante, nombrados por el Presidente de la República, el Gerente del Banco de la República y el Jefe del Departarnento de Planeación y Servicios Técnicos.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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