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Article 3

º De Los Requisitos Minimos Del Nivel Asistencial

Decreto 406 de 1994 · por el cual se modifica el Decreto 590 de 1993 y se dictan otras disposiciones

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01

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º DE LOS REQUISITOS MINIMOS DEL NIVEL ASISTENCIAL. Los requisitos mínimos del nivel asistencial y grados salariales son los siguientes: GRADOS REQUISITO MINIMO 01 a 04 Aprobación de cinco (5) años de educación básica primaria. 05 a 07 Aprobación de cinco (5) años de educación básica primaria y dos (2) años de experiencia. 08 a 10 Aprobación de dos (2) años de educación secundaria y tres (3) años de experiencia. 11 a 14 Aprobación de cuatro (4) años de educación secundaria y tres (3) años de experiencia. 15 a 17 Diploma de Bachiller y dos (2) años de experiencia. 18 a 21 Aprobación de un (1) año de educación superior y un año de experiencia. 22 a 24 Título de formación técnica profesional y dos (2) años de experiencia; ó aprobación de tres (3) años de formación tecnológica, universitaria o profesional dos (2) años de experiencia. 25 en adelante Título de formación técnico profesional y tres (3) años de experiencia; ó título de formación tecnológica y dos (2) años de experiencia; ó aprobación de cuatro (4) años de formación universitaria o profesional y dos (2) años de experiencia.

Parágrafo

En el nivel asistencial no podrán compensarse los cuatro (4) primeros años de educación básica primaria para los grados 01 al 07; los cinco (5) años de educación básica primaria para los grados 08 al 14; los tres (3) años de educación secundaria para los grados 15 al 21, ni el diploma de bachiller para los grados 22 en adelante.

02

Constitutional history

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