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Article 6

Seguimiento Y Control De Los Recursos

Decreto 1835 de 2013 · por el cual se reglamenta el parágrafo transitorio del artículo 24 de la Ley 1607 de 2012.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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°. Seguimiento y control de los recursos . Las instituciones de educación superior públicas deberán administrar estos recursos en una cuenta especial que permita realizar el debido control y seguimiento a los recursos. El control y vigilancia fiscal de los recursos provenientes del

Parágrafo transitorio

del artículo 24 de la Ley 1607 de 2012, corresponderá a la Contraloría General de la República. Cada institución educativa deberá reportar al Ministerio de Educación Nacional, un informe con la periodicidad que este determine, en el cual se detalle la forma como se utilizaron los recursos en proyectos de inversión que se financiaron con estos recursos.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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