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Article 36

Decreto 1554 de 1985 · Por el cual se reglamenta los servicios de Aficionados y Aficionados por Satélite.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Las transmisiones deberán hacerse en lenguaje claro y cortés, observando las normas establecidas en les reglamentos nacionales e internacionales del servicio de radioaficionados. En tales transmisiones no podrán tratarse asuntos relacionados con la difusión de noticias originadas a través de otros servicios autorizados de telecomunicaciones, ni establecer comunicación con estaciones que no se identifiquen, ni transmitir notas simples de audiofrecuencias, ni transmitir conversaciones en clave, ni temas de carácter político, religioso, comercial u otros que se aparten del espíritu que debe animar a la radioafición, así como tampoco, informaciones falsas y alarmantes que atenten contra la tranquilidad pública, la seguridad de las personas, o contengan comunicaciones obscenas, frases indecorosas de doble sentido o utilicen sobre-nombres que puedan causar agravio a la dignidad de las personas.

Parágrafo

Podrán transmitirse mensajes procedentes de terceros o destinados a ellos, en asuntos relacionados con la radiotecnia.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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