°. El subsidio de alimentación para los empleados que perciban una asignación básica mensual no superior a la señalada para el grado 6° en escala de que trata el artículo l° de este Decreto será de: cuarenta y dos mil novecientos treinta y dos pesos ($42.932) moneda corriente mensuales, pagaderos por la entidad correspondiente. No se tendrá derecho a este subsidio durante el tiempo que el empleado disfrute de vacaciones, se encuentre en uso de licencia, suspendido en el ejercicio del cargo o cuando la entidad suministre el servicio de alimentación.
Article 5
El Subsidio De Alimentación Para Los Empleados Que Perciban Una Asignación Básica Mensual No Superior A La Señalada Para El Grado 6° En Escala De Que Trata El Artículo L° De Este Decreto Será De: Cuarenta Y Dos Mil Novecientos Treinta Y Dos Pesos ($42
Decreto 1046 de 2011 · por el cual se dictan normas sobre el régimen salarial y prestacional para los servido - res públicos de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones.
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