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Article 3

La Inversión De Las Partidas De Que Tratan Los Dos Artículos Anteriores, Se Hará Bajo La Inmediata Dirección Y Supervigilancia Del Departamento De Territorios Nacionales, Dependiente Del Ministerio De Gobierno, Y No Podrán Emplearse En Objeto Distinto Del Determinado Por La Ley De Apropiaciones Para La Vigencia Actual

Decreto 830 de 1940 · por el cual se reglamenta la inversión de las sumas destinadas en la Ley de Apropiaciones para la vigencia en curso (Ministerio de Obras Públicas), para la ejecución de algunas obras en la Intendencia Nacional del Amazonas y en las Comisarias del Vichada, Vaupés y Putumayo, y para la adquisición de lanchas para el servicio de las Comisarias de La Guajira, Arauca y Putumayo.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Articulo 3° La inversión de las partidas de que tratan los dos artículos anteriores, se hará bajo la inmediata dirección y supervigilancia del Departamento de Territorios Nacionales, dependiente del Ministerio de Gobierno, y no podrán emplearse en objeto distinto del determinado por la Ley de Apropiaciones para la vigencia actual.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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