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Article 6

También Podrán Ser Susceptibles De Arreglo, En La Forma Determinada En Los Artículos Anteriores, Las Deudas Pendientes Que Se Están Cobrando Actualmente Por Conducto De Los Juzgados De Retas Y Ejecuciones Fiscales

Decreto 2049 de 1936 · Por el cual se reglamentan las disposiciones de la Ley 101 de 1936, sobre liquidación de algunas deudas por derechos arancelarios

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º. También podrán ser susceptibles de arreglo, en la forma determinada en los artículos anteriores, las deudas pendientes que se están cobrando actualmente por conducto de los Juzgados de Retas y Ejecuciones Fiscales. El arreglo en tales casos suspenderá el juicio en el estado en que se encuentre, sin que tal suspensión implique el desembargo de los bienes sujetos a la traba ejecutiva. En los convenios se estipulará expresamente que éstos no constituyen novación de la obligación primitiva y que, en caso de incumplimiento, quedarán sin ningún valor ni efecto, pudiendo, en consecuencia, adelantarse la acción ejecutiva en la forma en que estuviere ya iniciada.

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Constitutional history

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