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Article 28

Decreto 326 de 1996 · por el cual se organiza el Régimen de Recaudación de Aportes para el Sistema de Seguridad Social Integral y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Declaración y pago de trabajadores independientes que cotizan por primera vez al sistema de Seguridad Social. Los trabajadores independientes que se vinculen al Sistema de Seguridad social Integral con posterioridad a la entrada en vigencia del presente decreto, en forma simultánea con su afiliación a la entidad administradora, deberán presentar la declaración anual de Ingreso Base de Cotización. La entidad administradora, una vez recibida la declaración y previa la liquidación correspondiente, le informará al trabajador el valor base de los aportes mensuales que deberá cancelar hasta la presentación de la siguiente declaración anual, según los plazos previstos en el artículo 14 de este decreto, sin perjuicio de los ajustes originados por novedades. Por el mes durante el cual se realice la afiliación, se causarán cotizaciones proporcionales a ese período.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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