JurídicoESEN

Article 23

Decreto 2379 de 1991 · por el cual se reglamentan los Decretos-ley 077 de 1987 y 0501 de 1989 en lo relativo a la prestación del servicio de asistencia técnica agropecuaria a pequeños productores y se modifica parcialmente el Decreto 1946 de 1989.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

El artículo 18 del Decreto 1946 de 1989 quedará así: Las Secretarías de Agricultura o los organismos que hagan sus veces en los departamentos, dirigirán y coordinar n en su jurisdicción las acciones del Sistema Nacional de Transferencia de Tecnología para lo cual el Secretario de Agricultura o el funcionario en quien él delegue, ejercerá las siguientes funciones

a)

Reglamentar los procedimientos para determinar las Unidades Agrícolas Familiares, la inscripción de beneficiarios y la inscripción y actualización de las Unidades Municipales de Asistencia Técnica Agropecuaria;

b)

Impartir orientaciones a la Unidad Municipal de Asistencia Técnica Agropecuaria sobre la programación de acciones de la transferencia de tecnología y asistencia técnica agropecuaria, concertar el apoyo institucional y realizar el seguimiento y la evaluación de dichas acciones;

c)

Conocer las necesidades detectadas por los municipios sobre aspectos normativos, técnicos, administrativos, financieros y legales, y coordinar la asesoría a través de las entidades del sector agropecuario de acuerdo con su función;

d)

Coordinar a través de la comisión seccional de asistencia técnica y de las entidades que cuentan con recursos para cofinanciación y con los municipios, la programación de recursos para la asistencia técnica municipal, que formarán parte del proyecto de presupuesto de cada vigencia;

e)

Coordinar a través de la comisión seccional los servicios de apoyo para prestar el servicio de asistencia técnica a través de granjas, viveros, campañas sanitarias, insumos, puestos de monta, programas sociales, bancos de maquinaria y equipo y otras actividades complementarias, que respondan a los Programas Agropecuarios Municipales, de acuerdo con los planes zonales para el desarrollo tecnológico agropecuario;

f)

Realizar con el apoyo y asesoría del Instituto Colombiano Agropecuario, el seguimiento a los proyectos y a la prestación del servicio de asistencia técnica a través de las Unidades Municipales de Asistencia Técnica Agropecuaria;

g)

Proponer a las administraciones municipales las medidas necesarias para que el servicio se preste a los usuarios en forma eficiente, introduciendo los cambios en los aspectos que recomiendan las organizaciones campesinas y las Unidades Municipales de Asistencia Técnica Agropecuaria a través de la Comisión Seccional de Asistencia Técnica.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 2379 de 1991