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Article 1

º La Junta Directiva De La Empresa Puertos De Colombia Suprimirá Los Cargos Vacantes Y Los Desempeñados Por Servidores Públicos De Acuerdo Con El Programa De Supresión De Empleos Que Apruebe La Misma Junta Directiva, Siguiendo Las Pautas Que Establezca La Comisión De Empleo De Que Trata El Artículo 36 De La Ley 1ª De 1991, Dentro Del Proceso De La Liquidación

Decreto 35 de 1992 · por el cual se dictan normas sobre el régimen labor de la Empresa Puertos De Colombia, en liquidación.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º La Junta Directiva de la Empresa Puertos de Colombia suprimirá los cargos vacantes y los desempeñados por servidores públicos de acuerdo con el programa de supresión de empleos que apruebe la misma Junta Directiva, siguiendo las pautas que establezca la Comisión de Empleo de que trata el artículo 36 de la Ley 1ª de 1991, dentro del proceso de la liquidación. Al vencimiento del término de la liquidación de la Empresa quedarán automáticamente suprimidos los cargos todavía existentes en la misma.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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