El Ministerio de Salud o los Servicios Seccionales de Salud que hayan concedido licencias de funcionamiento a una fábrica, depósito o expendio de alimentos, podrán, mediante resolución motivada, decretar el cierre parcial o total del establecimiento, cuyas condiciones sanitarias estén violando las disposiciones vigentes o que esté representando un peligro sanitario para la salud de la comunidad. Sistema de información unificada.
Article 194
El Ministerio De Salud O Los Servicios Seccionales De Salud Que Hayan Concedido Licencias De Funcionamiento A Una Fábrica, Depósito O Expendio De Alimentos, Podrán, Mediante Resolución Motivada, Decretar El Cierre Parcial O Total Del Establecimiento, Cuyas Condiciones Sanitarias Estén Violando Las Disposiciones Vigentes O Que Esté Representando Un Peligro Sanitario Para La Salud De La Comunidad
Decreto 2333 de 1982 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la ley 9ª de 1979, en cuanto a las condiciones sanitarias de las fábricas, depósitos y expendios de alimentos; de los alimentos; del transporte y la distribución de los mismos, y se dictan otras disposiciones
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