º A partir del 7 de agosto de 1986, la remuneración mensual del personal de la Rama Ejecutiva del Poder Público en lo nacional que sea equivalente a un porcentaje de la que corresponda a los Ministros o Jefes de Departamento Administrativo, se continuará determinando sobre la cuantía de ciento noventa y siete mil cien pesos ($ 197.100.00) y las que sean equivalentes a un porcentaje de la de los Viceministros sobre la suma de ciento setenta y ocho mil veinte pesos ($ 178.020.00).
Decreto 108 de 1986 →In force
Article 3
A Partir Del 7 De Agosto De 1986, La Remuneración Mensual Del Personal De La Rama Ejecutiva Del Poder Público En Lo Nacional Que Sea Equivalente A Un Porcentaje De La Que Corresponda A Los Ministros O Jefes De Departamento Administrativo, Se Continuará Determinando Sobre La Cuantía De Ciento Noventa Y Siete Mil Cien Pesos ($ 197
Decreto 108 de 1986 · Por el cual se dictan normas en materia salarial.
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
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