Son Funciones De La Subdirección Jurídica: A) Programar, Orientar Y Controlar Las Labores Que Deben Desarrollar Las Divisiones De Recursos Tributarios De Las Administraciones De Impuestos Nacionales; B) Controlar Por Medio De Visitas Autorizadas Por El Subdirector Y De Evaluación De Resultados El Cumplimiento En Las Administraciones De Impuestos Nacionales De Los Programas, Manuales, Reglamentos E Instrucciones Que Se Establezcan En Su Área, Impartir Instrucciones Para Corregir Las Irregularidades Que Se Presenten Y Proponer Las Sanciones A Que Haya Lugar; C) Conforme A Los Artículos Que Asignan Competencias A Sus Divisiones Resolver Los Recursos De Competencia De La Dirección General, Y Absolver Las Consultas Escritas Que Formulen Los Funcionarios Y Los Particulares Relacionadas Con La Interpretación Y Aplicación De Las Normas Tributarias; D) Compilar Las Normas Jurídicas Tributarias Y Sus Interpretaciones Judicial Y Administrativa Y Los Estudios Relacionados Con Impuestos, Y E) Determinar Y Mantener La Unidad Doctrinal En La Interpretación Y Aplicación De Las Normas Tributarias, En El Proceso De Determinación, Recaudo Y Discusión Administrativa De Los Impuestos De Competencia De La Dirección General De Impuestos Nacionales
Decreto 74 de 1976 · Por el cual se modifica la estructura de la dirección general de impuestos nacionales del ministerio de hacienda y crédito público, se suprimen unos cargos y se redistribuyen funciones
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Son funciones de la Subdirección Jurídica
a)
Programar, orientar y controlar las labores que deben desarrollar las Divisiones de Recursos Tributarios de las Administraciones de Impuestos Nacionales;
b)
Controlar por medio de visitas autorizadas por el Subdirector y de evaluación de resultados el cumplimiento en las Administraciones de Impuestos Nacionales de los programas, manuales, reglamentos e instrucciones que se establezcan en su área, impartir instrucciones para corregir las irregularidades que se presenten y proponer las sanciones a que haya lugar;
c)
Conforme a los artículos que asignan competencias a sus Divisiones resolver los recursos de competencia de la Dirección General, y absolver las consultas escritas que formulen los funcionarios y los particulares relacionadas con la interpretación y aplicación de las normas tributarias;
d)
Compilar las normas jurídicas tributarias y sus interpretaciones judicial y administrativa y los estudios relacionados con impuestos, y
e)
Determinar y mantener la unidad doctrinal en la interpretación y aplicación de las normas tributarias, en el proceso de determinación, recaudo y discusión administrativa de los impuestos de competencia de la Dirección General de Impuestos Nacionales.
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Constitutional history
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