El productor o productores de banano que deseen obtener del Gobierno autorización para celebrar o prorrogar contratos de compraventa o promesas de venta, que tengan por objeto frutos de exportación, por término mayor de dos (2) años, deberán dirigirse al Ministerio de Agricultura y Comercio, formulando la correspondiente solicitud, en escrito en el que se manifiesten las razones en que se funde y el término por el cual quiera celebrarse el contrato o la prórroga. El referido memorial deberá ser firmado también por el presunto comprador de la fruta.
Article 11
El Productor O Productores De Banano Que Deseen Obtener Del Gobierno Autorización Para Celebrar O Prorrogar Contratos De Compraventa O Promesas De Venta, Que Tengan Por Objeto Frutos De Exportación, Por Término Mayor De Dos (2) Años, Deberán Dirigirse Al Ministerio De Agricultura Y Comercio, Formulando La Correspondiente Solicitud, En Escrito En El Que Se Manifiesten Las Razones En Que Se Funde Y El Término Por El Cual Quiera Celebrarse El Contrato O La Prórroga
Decreto 394 de 1937 · Por el cual se crea la Inspección Nacional de Bananos y se dictan otras disposiciones
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