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Article 1

De Conformidad Con Lo Dispuesto En El Artículo 30 De La Ley 09 De 1983 Y Con Base En La Certificación Expedida Por La Superintendencia Bancaria, Para El Año Gravable De 1986 No Constituyen Renta Ni Ganancia Ocasional Los Siguientes Valores: 1

Decreto 870 de 1986 · por el cual se reglamenta el artículo 30 de la Ley 09 de 1983, se establecen normas en materia de retención en la fuente y se dictan otras disposiciones.

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01

Text of the article

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º De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 09 de 1983 y con base en la certificación expedida por la Superintendencia Bancaria, para el año gravable de 1986 no constituyen renta ni ganancia ocasional los siguientes valores

1.

Para personas naturales y sucesiones ilíquidas ahorradoras que perciban intereses y corrección monetaria del sistema UPAC, el cuarenta por ciento (40%) de las sumas percibidas por tales conceptos.

2.

Para personas naturales y sucesiones ilíquidas ahorradoras que perciban rendimientos financieros diferentes a los generados en el sistema UPAC, el veintisiete por ciento (27%) de las sumas percibidas, siempre que tales rendimientos provengan de

a)

Entidades que estando sometidas a inspección y vigilancia de la Superintendencia Bancaria tengan por objeto propio intermediar en el mercado de recursos financieros;

b)

Títulos de deuda pública;

c)

Bonos de sociedades anónimas;

d)

Papeles comerciales de sociedades anónimas cuya emisión haya sido autorizada por la Comisión Nacional de Valores.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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