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Article 25

Decreto 3000 de 1954 · Por el cual se dictan normas sobre los delitos de calumnia e injuria

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Artículo veinticinco. Dentro de los tres días siguientes al reparto del expediente en el Tribunal, se dispondrá que se fije en lista por el término de cuatro días, para que las partes distintas del Ministerio Público presenten alegatos, y que en seguida pase al Fiscal por otros cuatro, para que emita concepto. Sin embargo, antes de tal fijación y traslado, dentro del mismo término de tres días el Tribunal podrá ordenar de oficio, o a solicitud de parte, un término probatorio de diez días para la práctica de pruebas cuando

a)

Se hubieren dejado de practicar oportunamente pruebas decretadas, en la primera instancia, el Tribunal las considere de innegable pertinencia;

b)

El Tribunal las estimare como necesarias para esclarecer alguno o algunos de los hechos fundamentales del proceso, aunque no se hubieren decretado en primera instancia.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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