JurídicoESEN

Article 45

Son Funciones De La Sección Jurídica: A) Tramitar Las Diligencias Relacionadas Con La Fijación De Los Establecimientos En Donde Los Condenados Han De Cumplir Las Sanciones Privativas De La Libertad

Decreto 1817 de 1964 · Por el cual se reforma y adiciona el Decreto-ley 1405 de 1934 (Código Carcelario), y se dictan otras disposiciones

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Son funciones de la Sección Jurídica

a)

Tramitar las diligencias relacionadas con la fijación de los Establecimientos en donde los condenados han de cumplir las sanciones privativas de la libertad.

b)

Tramitar las diligencias relacionadas con rebajas de pena, y elaborar los correspondientes proyectos de resolución.

c)

Tramitar lo relacionado con el traslado de presos de un Establecimiento a otro

d)

Tramitar las diligencias relacionadas con el internamiento de presos enfermos de la mente, en los Manicomios o Anexos Siquiátricos.

e)

Proyectar las resoluciones sobre fijación de los Establecimientos Carcelarios en donde deben cumplirse las sanciones.

f)

Llevar el control sobre el cumplimiento de las resoluciones a las que se refiere el numeral anterior.

g)

Dar concepto jurídico sobre la interpretación de las disposiciones legales, relacionadas con el ramo de prisiones.

h)

Preparar los proyectos de resolución sobre concesión de franquicia y además, los conceptos sobre cesaciones de las medidas previstas en el Artículo 45 del Decreto 14 de 1955.

i)

Comprobar el cumplimiento de las resoluciones de fijación de Establecimientos para purgar condenas, de traslados y de internamiento de presos, dementes u hospitalizados.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1817 de 1964