º Restablécense los exámenes de capacidad profesional, cuando se impone esta condición en las disposiciones generales o especiales, como requisito para el ascenso, para el personal de las Fuerzas Militares destinado al servicio de las Fuerzas Armadas de las Naciones Unidas, durante la situación de tregua o paz en Corea.
Cuando, a juicio del Comandante en Corea, exista la posibilidad de seguir cursos de información profesional en centros de entrenamiento de los Estados Unidos, que puedan reemplazar en forma satisfactoria los exámenes de que trata el artículo anterior, éstos cursos debidamente aprobados serán tenidos en cuenta para tal fin.