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Article 44

De Las Etiquetas Y Empaques De Las Preparaciones Farmacéuticas Con Base En Plantas Medicinales

Decreto 2266 de 2004 · por el cual se reglamentan los regímenes de registros sanitarios, y de vigilancia y control sanitario y publicidad de los productos fitoterapéuticos.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

De las etiquetas y empaques de las preparaciones farmacéuticas con base en plantas medicinales . Las etiquetas y empaques de las preparaciones farmacéuticas con base en plantas medicinales deberán contener la siguiente información

a)

Nombre del producto o marca registrada si la hubiere;

b)

Nombre común y científico del material vegetal;

c)

Forma farmacéutica;

d)

Composición cualitativa y expresión cuantitativa en peso del material vegetal utilizado, usando el sistema centesimal según forma farmacéutica los componentes en porcentual;

e)

Contenido neto en el envase;

f)

Usos terapéuticos autorizados, exceptuando aquellos productos de venta con fórmula médica;

g)

Número de registro sanitario;

h)

Posología, si la condición de venta es sin fórmula médica; j) Número de lote; k) Establecimiento fabricante y domicilio;

i)

Director técnico; m) Contraindicaciones y advertencias; n) Condición de venta; o) Leyendas: “Manténgase fuera del alcance de los niños”. “Si los síntomas persisten, consulte a su médico”. (Si la condición de venta del producto es sin fórmula médica), “No consumir dosis superiores a las indicadas”. Usar bajo supervisión médica durante el embarazo y lactancia”;

Parágrafo 1

En las etiquetas y empaques de las preparaciones farmacéuticas con base en recursos naturales de venta bajo fórmula médica, salvo los casos excepcionales determinados por el Invima, no deben aparecer las indicaciones o usos terapéuticos del producto pero sí la posología, advertencias y las contraindicaciones.

Parágrafo 2

En el caso de productos importados, la información indicada anteriormente deberá estar en idioma español. Además deberá incluirse el nombre del importador y domicilio y aplica igualmente la prohibición de colocar las indicaciones del producto previsto en el

Parágrafo 1

Parágrafo 3

En las etiquetas del material de envase y empaque no se admitirán dibujos o figuras que induzcan al consumo irracional de estos productos.

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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