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Article 4

Los Fondos Rotatorios De Las Fuerzas Militares Y De La Policía Nacional, Tienen Como Finalidad Primordial Facilitar Los Abastecimientos Y Servicios De Las Mismas, En Orden A Procurar En Forma Adecuada, Exacta Y Oportuna La Rapidez Y El Éxito De Las Operaciones Que Cada Una De Ellas Tengan Necesidad De Adelantar, Para El Cumplimiento De Los Deberes Señalados En La Constitución Nacional

Decreto 3107 de 1965 · Por el cual se aprueban los estatutos de los Fondos Rotatorios de las Fuerzas Militares y Policía Nacional

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º. Los Fondos Rotatorios de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, tienen como finalidad primordial facilitar los abastecimientos y servicios de las mismas, en orden a procurar en forma adecuada, exacta y oportuna la rapidez y el éxito de las operaciones que cada una de ellas tengan necesidad de adelantar, para el cumplimiento de los deberes señalados en la Constitución Nacional. Además, son funciones propias de los Fondos Rotatorios las siguientes

a)

Adquirir en el país o en el exterior, materiales, elementos, vehículos, equipos, semovientes, víveres, combustibles, repuestos, accesorios de toda clase y demás artículos indispensables para su normal funcionamiento.

b)

Contratar con el Gobierno y con las demás personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras, oficiales o particulares, servicios, construcciones, reparaciones, suministros, empréstitos, compra-venta de bienes muebles e inmuebles, arrendamientos, conservación, mejoramiento y ampliación de instalaciones, fletes, transportes, seguros, etc.

c)

Administrar y explotar los predios, astilleros, talleres, industrias y equipos de cada Fuerza.

d)

Fabricar, construir, mantener y reparar toda clase de artículos, elementos, equipos e instalaciones necesarias a la actividad de cada Fuerza.

e)

Organizar casinos, almacenes y proveedurías y ejercitar toda clase de actividades que tiendan a procurar el bienestar social y económico del personal al servicio de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, por medio de la adquisición y suministro de bienes y la prestación de servicios de toda índole, de acuerdo con las reglamentaciones que expidan las correspondientes Juntas Directivas.

f)

Financiar con su capital y recursos del crédito, por sí o por medio de institutos de crédito o entidades comerciales, las operaciones necesarias para el cabal cumplimiento de sus finalidades. CAPITULO III Organización

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Constitutional history

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