°. Modificación del numeral 8 del artículo 84 del Decreto número 2147 de 2016. Modifíquese el numeral 8 del artículo 84 del Decreto número 2147 de 2016, el cual quedará así: “8. No ejecutar el plan de promoción para la internacionalización de la zona franca, en los eventos en que sea el usuario operador de una zona franca permanente. No realizar estrategias y no ejecutar acciones tendientes a la promoción de la internacionalización de los usuarios industriales que opten por el plan de internacionalización y anual de ventas de que trata el
del artículo 240-1 del Estatuto Tributario, que impliquen la venta de bienes y/o servicios a mercados externos”.