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Article 1

Ley 33 de 1984 · Por el cual se busca el fomento de empresas útiles o benéficas en la ciudad de Santa Rosa de Cabal, con motivo de sus ciento cincuenta años de fundación

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Text of the article

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El Alcalde de Santa Rosa de Cabal promoverá la organización de una corporación privada sin ánimo de lucro, para que contrate la elaboración de un plan y programa para el estímulo de empresas útiles o benéficas en ese municipio y para que coordine o dirija su ejecución.

El contrato se hará con universidades nacionales o extranjeras, para integrar un grupo interdisciplinario y con la colaboración del Fondo Nacional de Proyecto de Desarrollo.

El representante legal de la Corporación deberá reunir las calidades para ser Contralor Departamental y será elegido por el Presidente de la República con base en terna elaborada por una Asamblea compuesta por el Gobernador del Departamento, Cura Párroco de la ciudad, Alcalde y Concejales de Santa Rosa de Cabal.

Sólo podrán incluirse en el plan y programa aquellos proyectos que reúnan las condiciones de empresas útiles y benéficas según la Ley 25 de 1977 y especialmente en el sector de salud, de educación, de obras públicas, de vivienda y urbanismo, de desarrollo hidroeléctrico y de telecomunicaciones, ecológico y desarrollo de la comunidad.

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Constitutional history

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