º A partir del 1º de enero de 1987, reajustase el incremento de salario por antigüedad que venían percibiendo los empleados públicos del Sector de Servicios Técnico-Aeronáuticos, en virtud de lo dispuesto en los Decretos 1310 de 1978 y 101 de 1986, de acuerdo con los siguientes límites y porcentajes: Para remuneraciones hasta de $ 28.915 el 23% Para remuneraciones hasta de $ 50.774 el 21% Para remuneraciones hasta de $ 80.055 el 20% Para remuneraciones de $ 80.056 en adelante el 18% Si al aplicará el porcentaje de que trata el presente artículo, resultaren centavos, se desecharán.
Article 6
A Partir Del 1º De Enero De 1987, Reajustase El Incremento De Salario Por Antigüedad Que Venían Percibiendo Los Empleados Públicos Del Sector De Servicios Técnico-Aeronáuticos, En Virtud De Lo Dispuesto En Los Decretos 1310 De 1978 Y 101 De 1986, De Acuerdo Con Los Siguientes Límites Y Porcentajes: Para Remuneraciones Hasta De $ 28
Decreto 169 de 1987 · por el cual se establece la remuneración de los empleos del sector Técnico -Aeronáutico del Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil y se dictan otras disposiciones en materia salarial. tecnológico-aeronáutico del Departamento Administrativo de Eeronáutica civil y se dictan otras disposiciones en materia salarial
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