ARTICULO 72. Las funciones que por este Decreto se asignan al Ministerio Público, se ejercerán por los funcionarios y empleados, y en las condiciones que el Procurador General de la Nación señale mediante resolución. Para tal efecto, podrá asignar las funciones de vigilancia de las Unidades de Policía Judicial a los Agentes del Ministerio Público de las sedes de las mismas.
Article 72
Las Funciones Que Por Este Decreto Se Asignan Al Ministerio Público, Se Ejercerán Por Los Funcionarios Y Empleados, Y En Las Condiciones Que El Procurador General De La Nación Señale Mediante Resolución
Decreto 2790 de 1990 · “por el cual se dicta el Estatuto para la Defensa de la Justicia, integrando en una sola jurisdicción los Jueces de Orden Público y los Especializados, creando mecanismos jurídicos para su protección y la de los demás intervinientes en los procesos penales de su competencia, organizando la Subdirección Nacional y las Direcciones Seccionales de Orden Público para darles el apoyo operativo y necesario para el cumplimiento de sus funciones y robusteciendo los organismos auxiliares de la justicia”.
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