JurídicoESEN

Article 41

El Reembolso Del Valor De Las Mercancías Que Se Introduzcan Del Exterior A La Zona Franca No Se Hará Por El Mercado De Certificados De Cambio, Salvo Aquellas Materias Primas Usadas Para La Transformación O Elaboración De Productos Dentro De La Zona Por Industrias Instaladas En Ella Con Destino A Abastecer La Demanda Nacional, Introducidas Del Exterior Por Tales Industrias, Circunstancias Que Deberán Ser Demostradas Por El Interesada Con La Certificación Correspondiente De La Gerencia De La Zona

Decreto 1406 de 1973 · Por el cual se reglamenta el funcionamiento de la Zona Francas, Industrial y Comercial de Buenaventura

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

El reembolso del valor de las mercancías que se introduzcan del exterior a la Zona Franca no se hará por el mercado de certificados de cambio, salvo aquellas materias primas usadas para la transformación o elaboración de productos dentro de la Zona por industrias instaladas en ella con destino a abastecer la demanda nacional, introducidas del exterior por tales industrias, circunstancias que deberán ser demostradas por el interesada con la certificación correspondiente de la Gerencia de la Zona. En todo caso las transacciones de comercio internacional que impliquen importación de la Zona al resto del país o exportación de ella a otros países estarán sometidas al régimen de cambios consagrado por el Decreto 1082 de 1971 y las demás disposiciones sobre la materia, salvo las mercancías extranjeras en tránsito, cuya exportación al exterior se regirá por lo dispuesto en los artículos 37 y 43 del presente reglamento. La Gerencia de la Zona Franca no podrá dar curso a ninguna transacción de mercancías hacia el resto del país o hacia el exterior sin los correspondientes registros de importación o de exportación, en su caso.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1406 de 1973