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Article 3

Sistema De Registro Único De Afiliados

Decreto 1362 de 2011 · por el cual se otorga una autorización para la constitución de una Entidad Descentralizada Indirecta y se reglamenta parcialmente el Sistema de Registro Único de Afiliados.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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°. Sistema de Registro Único de Afiliados. El Sistema de Registro Único de Afiliados integra los procesos de afiliación, traslado y registro de novedades a los subsistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales y subsidio familiar a través de sus entidades administradoras. Para su operación centralizada contará con los siguientes componentes

1.

Una base de datos única centralizada, la cual tendrá disponible la información actualizada de los afiliados, aportantes y beneficiarios de los subsistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales y subsidio familiar. La información que reposa en esta base de datos, será obligatoria para el acceso a los subsidios o servicios financiados con recursos públicos.

2.

Un administrador transaccional que prestará los servicios básicos de afiliación, traslado y registro de las novedades y concentrará los procesos respectivos estableciendo su validación, estandarización y homologación, y permitirá la articulación de manera coordinada del trámite de afiliación, traslado y registro de novedades entre las entidades administradoras de los subsistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales y subsidio familiar.

3.

Un portal único de trámites, cuyo fin será ofrecer a los usuarios un medio para adelantar el trámite que requieren, contando con toda la información que les permita de manera transparente ejercer sus derechos. El portal único de trámites, constituye el punto de contacto con el ciudadano y a través de este, las entidades administradoras de los subsistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales y subsidio familiar podrán ofrecer sus servicios. El Ministerio de la Protección Social junto con las superintendencias a quienes haya sido atribuida la inspección, vigilancia y control de las respectivas entidades, establecerán el contenido y los requerimientos técnicos de este portal.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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