º. Rentabilidad mínima. Las entidades administradoras de los patrimonios autónomos deberán obtener una rentabilidad mínima que no será inferior al promedio ponderado de la rentabilidad generada por todos los patrimonios autónomos participantes en la administración de recursos del FONPET, disminuida en el diez por ciento (10%). El cumplimiento de dicha rentabilidad se verificará de manera trimestral por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. La rentabilidad negativa de una entidad administradora durante un trimestre, deberá ser compensada hasta dentro de los dos trimestres siguientes. El incumplimiento en la rentabilidad mínima durante más de dos trimestres consecutivos, o la incapacidad de la administradora para cubrir el déficit acumulado de rentabilidad, dará lugar a la terminación anticipada del contrato, sin perjuicio de las demás sanciones que se prevean en el contrato respectivo, incluyendo el pago de un monto equivalente al déficit frente a la rentabilidad mínima.
Decreto 1044 de 2000 →In force
Article 5
Rentabilidad Mínima
Decreto 1044 de 2000 · por medio del cual se reglamenta parcialmente la Ley 549 de 1999.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
supplemented (parágrafo) by decreto 1778/03 supplemented (verif_articulado: adiciónase el siguiente parágrafo al artículo 5º del decreto 1044 de 2000) by decreto 1778/03 supplemented by decreto 1763/03 amended by decreto 2948/10 amended by decreto 2136/04 amended (verif_articulado: el artículo 5º del decreto 1044 de 2000 quedará así) by decreto 1266/01 amended by decreto 1266/01
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.