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Article 124

Derechos Del Investigado O Presunto Infractor

Ley 836 de 2003 · por la cual se expide el reglamento del Régimen Disciplinario para las Fuerzas Militares.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

El investigado o presunto infractor, y el defensor para los fines de su cargo, tienen los siguientes derechos:

1.

Conocer la investigación, pudiendo solicitar la expedición de copias de la actuación, salvo las que por mandato constitucional o legal tengan carácter reservado, siempre y cuando dicha reserva no surja de la misma investigación que contra él se siga.

2.

Rendir descargos por escrito o solicitar expresamente ser oído en versión libre o en exposición de descargos, caso en el cual el funcionario sólo podrá interrogarlo cuando omita explicar alguna de las circunstancias relacionadas con la conducta que se le endilga.

3.

A nombrar apoderado a su cargo, si lo considera necesario.

4.

A solicitar, presentar y controvertir las pruebas.

5.

A impugnar las providencias, cuando hubiere lugar a ello.

PROVIDENCIAS, NOTIFICACIONES Y TERMINOS

Providencias

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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