º . Divulgación de los derechos de las víctimas. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 34 y 36 de la Ley 975 de 2005, el Ministerio Público conforme al artículo 118 de la Carta Política diseñará y ejecutará programas de divulgación, promoción e información general de los derechos de las víctimas. Para tal efecto se tendrán en cuenta las recomendaciones realizadas por la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación en lo de su competencia. En estos programas se deberán integrar las Entidades Gubernamentales del orden nacional, departamental y municipal, las Organizaciones No Gubernamentales y las Organizaciones sociales para la asistencia de las Víctimas. La Comisión Nacional de Televisión prestará su concurso en la divulgación de las campañas de que trata el presente artículo.
Decreto 4760 de 2005 →In force
Article 9
º
Decreto 4760 de 2005 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 975 de 2005.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.