Declaratoria de vacancia del empleo en caso de abandono del cargo . El abandono del cargo se produce cuando un empleado vinculado en un cargo de carrera o de libre nombramiento y remoción sin justa causa: 142.1 No asiste al trabajo por tres (3) días consecutivos. 142.2 No se presenta a laborar al vencimiento de la licencia, el permiso, las vacaciones o la comisión. 142.3 No se presenta a laborar dentro de los cinco (5) días siguientes a la finalización de la suspensión provisional. 142.4 Se ausenta del trabajo antes de que se autorice la separación del servicio o, en caso de renuncia sin que esta se haya aceptado, antes de cumplir los treinta (30) días contados a partir del momento de presentación de la misma. El Director General o quien este delegue declarará la vacancia del empleo una vez agotado el procedimiento establecido para el efecto por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Contra el acto administrativo que declare el abandono del cargo, procederá el recurso de reposición en los términos dispuestos en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Decreto 927 de 2023 →In force
Article 142
Declaratoria De Vacancia Del Empleo En Caso De Abandono Del Cargo
Decreto 927 de 2023 · por el cual se modifica el Sistema Específico de Carrera de los empleados públicos de la Unidad Administrativa Especial (DIAN) y la regulación de la administración y gestión de su talento humano
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01
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02
Constitutional history
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