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Article 3

º

Decreto 1974 de 1996 · por el cual se crea el Comité Interinstitucional para la Lucha contra el Tráfico de Mujeres, Niñas y Niños.

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01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º. El Director General de Prevención y Conciliación del Ministerio de Justicia y del Derecho ejercerá la Secretaría Técnica del Comité y rendirá informes semestrales al Presidente de la República, sobre su funcionamiento y las decisiones adoptadas, así como sobre las acciones que las distintas dependencias del Gobierno estén adelantando para dar cumplimiento a las políticas trazadas en la Lucha contra el Tráfico de Mujeres, Niñas y Niños. La Secretaría Técnica será, así mismo, órgano ejecutor de los programas, planes y políticas del Comité.

Parágrafo 1

La Secretaría Técnica deberá canalizar a través de la Dirección General de Políticas Jurídicas y Desarrollo Legislativo del Ministerio de Justicia y del Derecho, las recomendaciones que efectúe el Comité que impliquen la elaboración, trámite y seguimiento de proyectos legislativos o reglamentarios, sobre los asuntos de que trata el presente Decreto. Así mismo, coordinará con esta Dirección todo lo relacionado con las investigaciones que se vayan a realizar para los propósitos descritos en este Decreto.

Parágrafo 2

La Secretaría Técnica deberá canalizar a través de la Dirección General de Asuntos Internacionales del Ministerio de Justicia y del Derecho, las recomendaciones que efectúe el Comité que impliquen acciones, convenios o tratados para fortalecer la cooperación internacional en la Lucha contra el Tráfico de Mujeres, Niñas y Niños.

Parágrafo Transitorio

La Secretaría Técnica del Comité presentará el primer informe dentro de los dos meses siguientes a la expedición del presente Decreto.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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