El uso de mercurio elemental en canalones para beneficio de metales preciosos, sólo podrá efectuarse cuando estudios técnicos lo aconsejen como único medio posible para recuperar oro, caso en el cual se requerirá autorización del Ministerio de Minas y Energía, previa evaluación de la alternativa propuesta.
El uso de mercurio para amalgamación, debe realizarse en recintos cerrados como tambores amalgamadores, con el fin de evitar la contaminación de las aguas y suelos.
Queda prohibido el uso de mercurio y cianuro en canalones y plantas de lavado que viertan las colas directamente a las corrientes de agua.