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Article 14

Presidente Del Consejo

Decreto 2055 de 2014 · por el cual se reglamenta el Consejo Superior de Política Criminal, su funcionamiento y todos los asuntos relacionados con las demás instancias técnicas que se requieran para su adecuado desarrollo.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Presidente del Consejo. Corresponden a la presidencia del Consejo Superior de Política Criminal las siguientes funciones

1.

Dirigir las sesiones del Consejo.

2.

Conceder el uso de la palabra e intervenciones de los miembros e invitados del Consejo.

3.

Hacer seguimiento y velar por el cumplimiento de los compromisos acordados en las sesiones.

4.

Proponer las votaciones a que haya lugar y anunciar el resultado.

5.

Determinar el orden del día y comunicarlo a los integrantes del Consejo con la antelación señalada en el reglamento interno del mismo, en coordinación con la Secretaría Técnica.

6.

Citar a través de la Secretaria Técnica, las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo.

7.

Acatar el reglamento y velar porque los integrantes del Consejo lo observen y cumplan.

8.

Las demás que se establezcan en el reglamento interno del Consejo o que se requieran para el buen funcionamiento del mismo. CAPÍTULO VI De las instancias técnicas del Consejo Superior de Política Criminal

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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