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Article 15

El Consejero Para El Desarrollo De La Constitución Cumplirá Las Siguientes Funciones: A) Realizar Las Actividades Relacionadas Con El Desarrollo De La Constitución Que El Señor Presidente Le Encomiende; B) Impulsar Y Coordinar El Proceso De Pedagogía De La Constitución Siguiendo Los Lineamientos Que El Señor Presidente Señale; C) Preparar, Conforme A Las Orientaciones Del Señor Presidente, Anteproyectos De Ley O De Decreto Para El Desarrollo De La Constitución Y Coordinar, Por Instrucciones Del Señor Presidente, La Elaboración De Disposiciones O Medidas Con El Mismo Fin; D) Promover Seminarios Nacionales E Internacionales Sobre La Constitución; E) Promover, Cuando El Señor Presidente Lo Considere Oportuno, Reflexiones Públicas Y Académicas Sobre La Constitución; F) Impulsar Y Coordinar Programas De Capacitación De Funcionarios En El Entendimiento De La Constitución; G) Preparar Estudios Que Sirvan De Base Para La Divulgación Y El Desarrollo De La Constitución; H) Contribuir A La Divulgación Internacional Del Proceso De Cambio Constitucional; I) Promover Publicaciones Sobre La Constitución Y La Historia Del Proceso; J) Efectuar Un Seguimiento De Las Actividades De Los Organismos Que Participen En El Desarrollo De La Constitución; K) Promover La Organización De Un Centro De Información Sobre La Asamblea Constituyente, La Constitución Y Su Desarrollo E Interpretación; L) Las Demás Que Le Asigne El Presidente De La República

Decreto 1860 de 1991 · por el cual se crean unos empleos en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la Repùblica.

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Text of the article

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El Consejero para el Desarrollo de la Constitución cumplirá las siguientes funciones

a)

Realizar las actividades relacionadas con el desarrollo de la Constitución que el Señor Presidente le encomiende;

b)

Impulsar y coordinar el proceso de pedagogía de la Constitución siguiendo los lineamientos que el Señor Presidente señale;

c)

Preparar, conforme a las orientaciones del Señor Presidente, anteproyectos de ley o de decreto para el desarrollo de la Constitución y coordinar, por instrucciones del Señor Presidente, la elaboración de disposiciones o medidas con el mismo fin;

d)

Promover seminarios nacionales e internacionales sobre la Constitución;

e)

Promover, cuando el Señor Presidente lo considere oportuno, reflexiones públicas y académicas sobre la Constitución;

f)

Impulsar y coordinar programas de capacitación de funcionarios en el entendimiento de la Constitución;

g)

Preparar estudios que sirvan de base para la divulgación y el desarrollo de la Constitución;

h)

Contribuir a la divulgación internacional del proceso de cambio constitucional;

i)

Promover publicaciones sobre la Constitución y la historia del proceso;

j)

Efectuar un seguimiento de las actividades de los organismos que participen en el desarrollo de la Constitución;

k)

Promover la organización de un centro de información sobre la Asamblea Constituyente, la Constitución y su desarrollo e interpretación;

l)

Las demás que le asigne el Presidente de la República.

02

Constitutional history

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