Los Jefes y Oficiales que queden excedentes ó que por cualquiera otra causa obtengan Letras de Cuartel ó de licencia indefinida, tendrán derecho á raciones y auxilios de marcha hasta el lugar de su domicilio, ó sea hasta aquél en que, por estar de asiento en ejercicio de su habitual profesión ú oficio, recibieron le comunicación llamándolos al servicio. No se les liquidarán raciones, pero sí auxilios de marcha, á los Jefes ú Oficiales que se retiren del servicio gozando de pensión.
Article 104
Los Jefes Y Oficiales Que Queden Excedentes Ó Que Por Cualquiera Otra Causa Obtengan Letras De Cuartel Ó De Licencia Indefinida, Tendrán Derecho Á Raciones Y Auxilios De Marcha Hasta El Lugar De Su Domicilio, Ó Sea Hasta Aquél En Que, Por Estar De Asiento En Ejercicio De Su Habitual Profesión Ú Oficio, Recibieron Le Comunicación Llamándolos Al Servicio
Decreto 153 de 1898 · Orgánico de la Contabilidad Militar - Modelos - (Continuación)
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