El recibo al público de encomiendas postales destinadas para el exterior del país y el despacho de éstas, continuará a cargo de las Administraciones de Correos, manejado por las Secciones de Recomendados del Exterior. Para la aceptación en éstas de las encomiendas que contengan artículos gravados con derechos de exportación el introductor acompañara un certificado del respectivo Administrador de Aduana o Jefe de la Administración de Hacienda en que conste que se han pagado los derechos, especificando la clase del envío, su peso, contenido, valor, remitente, destinatario y lugar de destino. Este certificado quedará como comprobante en la Oficina de Correos.
Decreto 985 de 1925 →In force
Article 38
El Recibo Al Público De Encomiendas Postales Destinadas Para El Exterior Del País Y El Despacho De Éstas, Continuará A Cargo De Las Administraciones De Correos, Manejado Por Las Secciones De Recomendados Del Exterior
Decreto 985 de 1925 · Por el cual se organiza el servicio de encomiendas del Exterior y la importación de mercancías por medio de recomendados
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.