JurídicoESEN

Article 1

El Ministro De Educación Nacional Constituirá La Junta Asesora Nacional De Educación Con Los Miembros Elegidos De Ternas Que Presentarán Al Ministerio, En Los Diez Primeros Días Del Mes De Marzo De Cada Año, Las Asociaciones Nacionales De Que Trata El Artículo 24 Del Decreto Número 3157 De 26 De Diciembre De 1968, A Saber: Asociación Colombiana De Profesores De Enseñanza Secundaria -Acpes; Asociación Nacional De Profesores De Enseñanza Técnica-Andepet; Sociedad Colombiana De Licencia De Federación Colombiana De Educadores-Fecode; Confederación Nacional De Centros Docentes-Conaced; Asociación Nacional De Rectores De Colegios Privados An - Dercop; Asociación Colombiana De Universidades-As- Cun; Confederación Nacional De Asociaciones De Padres De Familia Y Sindicato De Trabajadores De Educación Nacional-Vsintrenal, Y Un Representante De La Comisión De Educación De La

Decreto 273 de 1971 · Por el cual se determina la forma de elección de los miembros en la Junta Asesora Nacional de Educación, y se reglamenta su funcionamiento

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

° El Ministro de Educación Nacional constituirá la Junta Asesora Nacional de Educación con los miembros elegidos de ternas que presentarán al Ministerio, en los diez primeros días del mes de marzo de cada año, las asociaciones nacionales de que trata el artículo 24 del Decreto número 3157 de 26 de diciembre de 1968, a saber: Asociación Colombiana de Profesores de Enseñanza Secundaria -ACPES; Asociación Nacional de Profesores de Enseñanza Técnica-ANDEPET; Sociedad Colombiana de Licencia de Federación Colombiana de Educadores-FECODE; Confederación Nacional de Centros Docentes-CONACED; Asociación Nacional de Rectores de Colegios Privados AN - DERCOP; Asociación Colombiana de Universidades-AS- CUN; Confederación Nacional de Asociaciones de Padres de Familia y Sindicato de Trabajadores de Educación Nacional-VSINTRENAL, y un representante de la Comisión de Educación de la. Conferencia Episcopal.

Parágrafo

Los miembros de las asociaciones de educadores que con forman las ternas deberán estar escalafonados en la primera, categoría- del respectivo escalafón y no haber, sido sus pendidos ni excluidos de él.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 273 de 1971