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Article 42

Derogado

Ley 188 de 1995 · plan Nacional de Desarrollo e Inversiones 1995 - 1998.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Repealed

Los programas, subprogramas y proyectos que conforman el Plan Nacional de Inversiones Públicas 1995-1998, podrán ejecutarse mediante la celebración de contratos con entidades privadas sin ánimo de lucro y de reconocida idoneidad, de conformidad en lo dispuesto en el artículo 355 de la Constitución Política.

Parágrafo

1. Los programas de subsidios de la Red de Solidaridad Social, serán ejecutados preferencialmente por las Juntas de Acción Comunal con personería jurídica y entidades de Economía Solidaria.

Parágrafo

2. Los programas para los pueblos indígenas serán ejecutados prioritariamente por las autoridades indígenas debidamente reconocidas y por las asociaciones de éstas de que trata el Decreto 1088 de 1993. Vigente desde: 02/06/1995 y hasta el: 28/07/1999

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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