º Los contribuyentes que opten por hacer inversiones sustitutivas de impuestos especiales en acciones de los Fondos Ganaderos y del Banco Ganadero y en Cédulas del Banco Central Hipotecario, sólo podrán efectuar la respectiva inversión en las entidades emisoras de los citados títulos o en las autorizadas expresamente por ellas.
Article 1
Los Contribuyentes Que Opten Por Hacer Inversiones Sustitutivas De Impuestos Especiales En Acciones De Los Fondos Ganaderos Y Del Banco Ganadero Y En Cédulas Del Banco Central Hipotecario, Sólo Podrán Efectuar La Respectiva Inversión En Las Entidades Emisoras De Los Citados Títulos O En Las Autorizadas Expresamente Por Ellas
Decreto 1566 de 1969 · Por el cual se reglamenta el recaudo de las inversiones sustitutivas de impuestos especiales
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.