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Article 5

No Apropiación Específica De Los Recursos De Los Fondos En El Año Fiscal

Ley 62 de 1989 · por la cual se adicionan y modifican parcialmente los Decretos-leyes 1650, 1651, 1652 y 1653 de 1977 en las materias relacionadas con fondos especiales, comisiones de personal, jornada nocturna, vacaciones y auxilios en el Instituto de Seguros Sociales.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Los saldos de reservas de apropiación constituidas con cargo a cada uno de los Fondos mencionados en los artículos anteriores, los recursos que de los mismos Fondos, no se apropien específicamente durante el año fiscal correspondiente, y que una vez vencido el término respectivo, tampoco puedan constituirse como reservas de apropiación por no existir los compromisos necesarios, se utilizarán así:

a)

Las correspondientes al Fondo de Promoción y Desarrollo de la Salud, en dotaciones y mejoramiento de la infraestructura requeridas para la atención de salud;

b)

Los correspondientes al Fondo de Promoción de la Salud Industrial, en el incremento de las inversiones del Seguro de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales y en mejorar la infraestructura existente para la prestación de los servicios de salud;

c)

Los correspondientes al Fondo de Servicios Sociales Complementarios, en el incremento de las inversiones del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte.

Parágrafo

Los saldos de reservas de apropiación constituidas con cargo a cada uno de los Fondos mencionados anteriormente, no ejecutados durante el período de vigencia de las mismas, se destinarán a los fines establecidos en este artículo.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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