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Article 22

Decreto 2165 de 1992 · por el cual se reestructura la Superintendencia Nacional de Salud.

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01

Text of the article

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ARTICULO 22 . Funciones de la Superintendencia Delegada Financiera. La Superintendencia Delegada Financiera cumplirá las siguientes funciones

1.

Inspeccionar, vigilar y controlar las entidades encargadas de administrar y explotar el monopolio de loterías, apuestas permanentes y otros juegos de suerte y azar, con el fin de asegurar la cabal y eficiente explotación de los arbitrios rentísticos provenientes de tal monopolio, así como la adecuada aplicación y aprovechamiento de los mismos;

2.

Inspeccionar, vigilar y controlar las asociaciones, compañías o cualquier otra forma de administración o gestión que se constituyan para explotar los arbitrios rentísticos de que trata el numeral 10 del artículo 3o. de este Decreto;

3.

Inspeccionar, vigilar y controlar la liquidación, el recaudo, el cobro y el giro oportuno de los dineros que por concepto de impuestos se destinen al subsector oficial, correspondientes a las empresas o fábricas de licores, cervezas y sifones, de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes;

4.

Inspeccionar, vigilar y controlar la liquidación, el recaudo, el cobro y el giro oportuno del porcentaje del impuesto de registro y anotación correspondiente al subsector oficial;

5.

Inspeccionar, vigilar y controlar las beneficencias, las loterías y demás entidades cuyo objeto sea la explotación de apuestas permanentes y juegos de suerte y azar;

6.

Inspeccionar, vigilar y controlar la liquidación, el recaudo, el cobro y el giro de las transferencias de los recursos para salud, provenientes del situado fiscal y de las transferencias consignadas en el Artículo 357 de la Constitución Política;

7.

Solicitar a la autoridad competente de las instituciones objeto de inspección, vigilancia y control o a la Procuraduría General de la Nación, la iniciación de procesos disciplinarios contra los servidores de aquellas que hayan incurrido en conductas sancionables;

8.

Coordinar el diseño de metodologías de análisis e instrumentos de inspección, vigilancia y control y supervisar su desarrollo y aplicación;

9.

Diseñar y evaluar los estudios e investigaciones y demás actividades de inspección, vigilancia y control que se adelanten a nivel nacional y proponer las medidas y sanciones a que hubiere lugar;

10.

Ordenar visitas de inspección, vigilancia y control en las entidades objeto de su competencia;

11.

Efectuar el análisis e investigación de la problemática en el área de su competencia y proponer correctivos a la misma;

12.

Las demás que se le asignen y correspondan a la naturaleza de sus funciones.

02

Constitutional history

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