º. Los avalúos catastrales de los predios urbanos formados con anterioridad a 1997 se ajustarán para el año 1998 en 16% (dieciséis por ciento). Tratándose de predios dedicados a las actividades agropecuarias, estos se ajustarán para el año de 1998 en 16%(dieciséis por ciento). En los predios no formados, rurales o urbanos de uso distinto al agropecuario, los avalúos, catastrales se ajustarán para el año de 1998 en 20.8% (veinte punto ocho por ciento).
Decreto 3063 de 1997 →In force
Article 2
Los Avalúos Catastrales De Los Predios Urbanos Formados Con Anterioridad A 1997 Se Ajustarán Para El Año 1998 En 16% (Dieciséis Por Ciento)
Decreto 3063 de 1997 · por el cual se determinan los porcentajes de incremento de los avalúos catastrales para 1998
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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