Artículo vigésimocuarto. Para efectos del artículo 117 del Decreto - ley número 1675 de 1964, el Intendente informará trimestralmente, a la División de Territorios Nacionales sobre la ejecución y progreso tanto físico como financiero de cada uno de los programas de inversión previstos en este presupuesto.
Article 117
Del Decreto - Ley Número 1675 De 1964, El Intendente Informará Trimestralmente, A La División De Territorios Nacionales Sobre La Ejecución Y Progreso Tanto Físico Como Financiero De Cada Uno De Los Programas De Inversión Previstos En Este Presupuesto
Decreto 477 de 1968 · por el cual se aprueba, con modificaciones, el Acuerdo número 003 de 1968 (febrero 23), originario del Consejo Intendencial del Caquetá, sobre presupuesto de rentas y gastos para la vigencia fiscal de 1968-1969.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.