Son Funciones De Las Sección 1ª, Contabilidad Y Control: A) La Contabilidad Detallada Del Movimiento De Las Apropiaciones Presupuestales Para El Servicio De La Policía Nacional; B) El Giro Oportuno De Las Órdenes De Pago Definitivas, De Anticipo Y Relaciones De Autorización Para Atender A Los Diferentes Servicios De La Policía Nacional En La Capital De La Republica Y Demás Lugares Donde Existan Servicios De La Institución; C) El Estudio De Todos Los Documentos Y Comprobantes Que Impliquen Cargos A Las Apropiaciones O Erogaciones De Fondos Destinados A Servicios De La Policía, Por Todo Concepto; D) La Incorporación Diaria De La Contabilidad De Todas Las Operaciones Que Se Efectúen En Las Diferentes Dependencias Del Departamento Administrativo; E) La Revisión De Las Cuentas Mensuales Que Las Distintas Dependencias De Manejo De La Policía Nacional Deben Rendir A La Contraloría General De La Republica, Cerciorándose De Que Tales Cuentas Están En Un Todo De Acuerdo Con La Contabilidad Del Departamento, Y F) En General, Todo Lo Relacionado Con La Contabilidad, Producción De Balances Mensuales Y Anuales Y Demás Informes Que Exija La Jefatura Del Departamento Administrativo
Decreto 159 de 1936 · Por la cual se reglamentan los Decretos 1994 y 2213, orgánicos del Departamento Administrativo de la Policía Nacional
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°. Son Funciones de las Sección 1ª, Contabilidad y Control
a)
La contabilidad detallada del movimiento de las apropiaciones presupuestales para el servicio de la Policía Nacional;
b)
El giro oportuno de las órdenes de pago definitivas, de anticipo y relaciones de autorización para atender a los diferentes servicios de la Policía Nacional en la capital de la Republica y demás lugares donde existan servicios de la institución;
c)
El estudio de todos los documentos y comprobantes que impliquen cargos a las apropiaciones o erogaciones de fondos destinados a servicios de la policía, por todo concepto;
d)
La incorporación diaria de la contabilidad de todas las operaciones que se efectúen en las diferentes dependencias del Departamento Administrativo;
e)
La revisión de las cuentas mensuales que las distintas dependencias de manejo de la policía Nacional deben rendir a la Contraloría General de la Republica, cerciorándose de que tales cuentas están en un todo de acuerdo con la contabilidad del Departamento, y
f)
En general, todo lo relacionado con la contabilidad, producción de balances mensuales y anuales y demás informes que exija la Jefatura del Departamento Administrativo.
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Constitutional history
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