Facultad para asignar y distribuir competencias y funciones. El Superintendente Nacional de Salud está facultado para expedir los reglamentos a que haya lugar para el cabal funcionamiento de la entidad; para nombrar, remover y distribuir a los funcionarios de la entidad entre las distintas dependencias y crear, con cargo a sus recursos, coordinaciones y grupos de apoyo para el buen desempeño de sus funciones; y para desarrollar o distribuir las funciones que le correspondan a la entidad y efectuar la reasignación de las mismas, cuando así lo considere, entre las diferentes reparticiones de acuerdo con su naturaleza, con el fin de obtener el mejor desempeño de la entidad y el cumplimiento de sus funciones.
Decreto 452 de 2000 →In force
Article 23
Decreto 452 de 2000 · Por el cual se modifica la estructura de la Superintendencia Nacional de Salud
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.