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Article 3

Decreto 2847 de 1994 · por el cual se crea la Comisión de Seguimiento y Evaluación del Pacto Social de Productividad, Precios y Salarios, se ordena su composición y se le atribuyen funciones

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01

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º . Composición. Los Miembros de la Comisión de Seguimiento y Evaluación del Pacto serán los siguientes

a)

Por el Gobierno Nacional: Principales: - El Ministro de Desarrollo Económico, quien la presidirá. - El Viceministro Técnico del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. - El Viceministro de Agricultura y Desarrollo Rural. - El Consejero Presidencial para la Economía y la Competitividad, quien ejercerá las funciones de Coordinador de la Comisión. Suplentes: - El Director del Departamento Nacional de Planeación. - El Viceministro de Trabajo y Seguridad Social. - El Viceministro de Transporte. - El Viceministro de Minas y Energía.

b)

Por el Sector Empresarial: Principales: - El Presidente de la ANDI - El Presidente de Fenalco - El Presidente de la SAC - El Presidente de la Asobancaria Suplentes: - El Presidente de Acopi - El Presidente de Colfecar - El Presidente de Camacol - El Presidente de Fasecolda

c)

Por el Sector Laboral: - El Presidente de la CUT - El Presidente de la CTC - El Presidente de Utracun - El Presidente de Fanal

d)

Por las Entidades Territoriales: - El Presidente de la Federación Colombiana de Municipios. - El Presidente de la Federación Nacional de Gobernadores.

Parágrafo

Los representantes del Sector Laboral lo mismo que los representantes de los gobiernos territoriales escogerán libremente sus suplentes y así lo harán conocer al Coordinador de la Comisión mediante comunicación escrita.

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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