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Article 4

Los Juzgados De Instrucción Criminal Del Cuerpo Auxiliar De La Rama Jurisdiccional Tendrán Jurisdicción En Todo El País, Residirán En Las Capitales De Los Departamentos, Y Mientras Permanezcan En Ellas Deberán Cumplir Las Comisiones Que Les Impartan La Corte Suprema De Justicia, El Ministerio De Justicia, El Procurador General De La Nación, Los Tribunales Superiores Del Distrito Judicial, Los Jueces Superiores Y Los Jueces De Circuito En Lo Penal

Decreto 2421 de 1948 · por el cual se reorganizan los Juzgados de Instrucción Criminal del Cuerpo Auxiliar de la Rama Jurisdiccional.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

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º. Los Juzgados de Instrucción Criminal del Cuerpo Auxiliar de la Rama Jurisdiccional tendrán Jurisdicción en todo el país, residirán en las capitales de los Departamentos, y mientras permanezcan en ellas deberán cumplir las comisiones que les impartan la Corte Suprema de Justicia, el Ministerio de Justicia, el Procurador General de la Nación, los Tribunales Superiores del Distrito Judicial, los Jueces Superiores y los Jueces de Circuito en lo Penal. Para cumplir comisiones fuera del lugar de su residencia necesitan orden expresa del Ministerio de Justicia. Los Jueces deberán informar mensualmente al Ministerio sobre las labores realizadas.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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