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Article 6

Modifíquese El Artículo 2

Decreto 175 de 2022 · Por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con el patrimonio técnico de sociedades fiduciarias, sociedades administradoras de fondos de pensiones y de cesantías, sociedades comisionistas de bolsa y sociedades administradoras de inversión.

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01

Text of the article

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°. Modifíquese el artículo 2.6.1.1.6 del Decreto 2555 de 2010, el cual quedará así: “Artículo 2.6.1.1.6 Patrimonio Adicional. El Patrimonio Adicional de las sociedades administradoras de fondos de pensiones y de cesantías comprenderá

1.

Los bonos obligatoriamente convertibles en acciones que sean efectivamente colocados y pagados y que cumplan con los requisitos establecidos por el artículo 86 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.

2.

Los instrumentos de deuda que la Superintendencia Financiera de Colombia clasifique como parte del patrimonio adicional en cumplimiento del artículo 2.6.1.1.4 de este decreto. Su reconocimiento en el capital regulatorio será amortizado anualmente por el método de línea recta en los cinco (5) años anteriores a su vencimiento.

Parágrafo

El valor total del patrimonio adicional no podrá exceder del cien por ciento (100%) del valor total del patrimonio básico.”

02

Constitutional history

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