º . Para efectos de la aplicación de la sanción contenida en el literal e) del artículo 83 de la Ley 23 de 1981 y 79 de la Ley 35 de 1989, deberán configurarse los dos supuestos que darían lugar a la misma, estos son: 1) apartarse sin justificación aceptable de una recomendación incluida en un estándar obligatorio en los términos que se definen en el artículo primero del presente Decreto y 2) que tal situación ocasione un daño económico al Sistema General de Seguridad Social en Salud. Si existe solo uno de los supuestos no habrá lugar a la responsabilidad ético-disciplinaria, ni a la imposición de la multa. Los Tribunales de Ética Médica y de Ética Odontológica competentes designarán pares calificados para que emitan concepto sobre la configuración de los supuestos de que trata el inciso anterior, el cual será requisito para la determinación de responsabilidad ético disciplinaria y de eventuales sanciones.
Decreto 358 de 2010 →In force
Article 2
Decreto 358 de 2010 · por medio del cual se reglamenta parcialmente el Decreto Legislativo 131 de enero 21 de 2010.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.